Ley 26.198

Artículo 75Aportes a cultos y entidades sociales

Texto oficial

El JEFE DE GABINETE DE MINISTROS, en uso de las facultades del Art. 37 — Administración Financiera, asignará la suma de DOSCIENTOS MIL PESOS ($ 200.000) a la JURISDICCION 35 - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO - PROGRAMA 17 - REGISTRO Y SOSTENIMIENTO DE CULTOS, con el objeto de su transferencia al obispado de la Provincia de Jujuy, para ser destinada a la construcción de un salón comedor en la Parroquia Nuestra Sra. de Nieva de la Ciudad de San Salvador de Jujuy; la suma de DOS MILLONES DE PESOS ($ 2.000.000) con destino a la JURISDICCION 80 - MINISTERIO DE SALUD, con el objeto de otorgar un aporte no reintegrable a la Fundación Hospital de Pediatría Dr. Juan P. Garrahan; la suma de DOS MILLONES DE PESOS ($ 2.000.000) para ser destinada, en carácter de aporte no reintegrable, a la Congregación "Marta y María - Instituto de Vida Consagrada" - personería otorgada por la Secretaría de Culto de la Nación por Resolución Nº 385/2006, para ser destinada al Hogar Escuela Taller Granja "Don Bosco", de la Provincia de Buenos Aires, con el objeto de ser utilizada en función de la contención de niños y adolescentes con tutela judicial y la suma de CIENTO OCHENTA MIL PESOS ($ 180.000) para la JURISDICCION 85 MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL – PROGRAMA 24 - PROMOCION DEL EMPLEO SOCIAL, ECONOMIA SOCIAL Y DESARROLLO LOCAL, con el objeto de su transferencia a la Corporación para el Desarrollo de la Cuenca de Pozuelos de la Provincia de Jujuy, para ser utilizada en la adquisición de un camión para acopio de lanas y materiales.

Qué significa en la práctica

Encomienda al Jefe de Gabinete asignar aportes: al obispado de Jujuy, a la Fundación del Hospital Garrahan, a una congregación para un hogar de niños y a una corporación de Pozuelos (Jujuy).

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