Ley 26.198

Artículo 83Refuerzo a la CNEA

Texto oficial

Facúltase al JEFE DE GABINETE DE MINISTROS, para que en uso de las atribuciones conferidas por el Art. 37 — Administración Financiera, efectúe las reestructuraciones presupuestarias necesarias a los efectos de asignar una ampliación en el crédito correspondiente a la ENTIDAD 105 COMISION NACIONAL DE ENERGIA ATOMICA en la suma de VEINTIUN MILLONES DE PESOS ($ 21.000.000). Dentro de dicho monto deberá destinarse UN MILLON DE PESOS ($ 1.000.000) para la creación del CENTRO INTERNACIONAL PARA ESTUDIOS DE LA TIERRA.

Qué significa en la práctica

Faculta al Jefe de Gabinete a ampliar en $21.000.000 el crédito de la Comisión Nacional de Energía Atómica, de los cuales $1.000.000 se destinan a crear el Centro Internacional para Estudios de la Tierra.

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