Artículo 6Determinación del estado parcelario: la mensura
Texto oficial
La determinación de los estados parcelarios se realizará mediante actos de levantamiento parcelario consistentes en actos de mensura ejecutados y autorizados por profesionales con incumbencia en la agrimensura, quienes asumirán la responsabilidad profesional por la documentación suscripta, de acuerdo a lo dispuesto en la presente ley y en la forma y condiciones que establezcan las legislaciones locales.
Qué significa en la práctica
El estado parcelario se determina mediante actos de levantamiento parcelario, es decir, actos de mensura ejecutados y autorizados por profesionales con incumbencia en la agrimensura, que asumen la responsabilidad profesional por la documentación que firman, según lo que fijen las leyes locales.