Ley 26.215

Artículo 55Publicación del informe previo

Texto oficial

Publicidad. El juez federal con electoral correspondiente ordenará la publicación en el Boletín Oficial del sitio web donde puede consultarse el informe previo del artículo 54, en la semana previa a la fecha fijada para la realización del comicio.

Qué significa en la práctica

El juez electoral debe ordenar que se publique en el Boletín Oficial la dirección del sitio web donde puede consultarse el informe previo del artículo 54, durante la semana anterior a la fecha del comicio.

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