Ley 26.220

Artículo 2Creación de los cargos

Texto oficial

Créanse los cargos de Jueces de Cámara, Secretario de Cámara, del personal administrativo y de servicio que se detallan en el Anexo I de la presente ley.

Qué significa en la práctica

Crea los cargos de Jueces de Cámara, Secretario de Cámara y el personal administrativo y de servicio detallados en el Anexo I de la ley.

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