Ley 26.220

Artículo 6Toma de posesión sujeta al financiamiento

Texto oficial

Los magistrados, funcionarios y empleados que se designen para desempeñarse en los órganos judiciales sólo tomarán de sus respectivos cargos cuando se dé la condición financiera precedentemente establecida.

Qué significa en la práctica

Los magistrados, funcionarios y empleados designados solo toman de sus cargos cuando se cumpla la condición financiera establecida, es decir, cuando exista el crédito presupuestario.

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