Artículo 5Pago a cuenta de cooperativistas (art. 49 del Anexo)
Texto oficial
Sustitúyese, en el artículo 49 del Anexo a la Ley de Monotributo —texto sustituido por la Ley 25.865 (reforma del Monotributo y del IVA) y sus modificaciones - Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes — el párrafo segundo, por el siguiente:
"Los sujetos a que se refiere el cuarto párrafo del artículo anterior estarán exentos de ingresar el pago a cuenta dispuesto en el artículo 34."
Qué significa en la práctica
Sustituye el segundo párrafo del artículo 49 del Anexo: los asociados a cooperativas de trabajo referidos en el artículo 48 quedan exentos de ingresar el pago a cuenta dispuesto en el artículo 34.