Ley 26.246

Artículo 12Causas en trámite: permanencia ante los juzgados de origen

Texto oficial

Las causas en trámite ante los juzgados mencionados en el artículo 11 que correspondieran a la nueva conforme al artículo 3º de la presente ley, continuarán radicadas ante dichos tribunales hasta su definitiva terminación.

Qué significa en la práctica

Regla de transición: las causas ya en trámite ante los juzgados de San Martín que, por la nueva delimitación, correspondería llevar a los tribunales de La Matanza, siguen radicadas ante los tribunales de origen hasta su terminación definitiva. Evita trasladar expedientes en curso.

Normas relacionadas

← Ver en Ley 26.246 completaLeyes