Ley 26.270

Artículo 11Contabilidad separada del proyecto

Texto oficial

Los beneficiarios de la presente ley deberán llevar su contabilidad de manera tal, que permita la determinación y evaluación en forma separada del proyecto promovido del resto de las actividades desarrolladas por los mismos a través de declaraciones juradas que den cuenta del estado del avance de los proyectos. La imputación de gastos compartidos con actividades ajenas a las promovidas se atribuirá contablemente respetando criterios objetivos de reparto.

Qué significa en la práctica

Obliga a los beneficiarios a llevar su contabilidad de modo que permita determinar y evaluar por separado el proyecto promovido del resto de sus actividades, mediante declaraciones juradas de avance. Los gastos compartidos se imputan con criterios objetivos de reparto. Facilita el control del uso de los beneficios.

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