Ley 26.331

Artículo 25Declaración de Impacto Ambiental

Texto oficial

— La de cada , una vez analizado el Estudio de Impacto Ambiental y los resultados de las audiencias o consultas públicas, deberá emitir una Declaración de Impacto Ambiental a través de la cual deberá: a) Aprobar o denegar el estudio de impacto ambiental del proyecto; b) Informar a la Autoridad Nacional de Aplicación.

Qué significa en la práctica

Analizado el estudio y las consultas públicas, la autoridad emite la Declaración de Impacto Ambiental aprobando o denegando el proyecto e informando a la autoridad nacional.

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