Ley 26.337

Artículo 15Régimen Federal de Responsabilidad Fiscal

Texto oficial

Aquellas jurisdicciones partícipes del Régimen Federal de Responsabilidad Fiscal creado por la Ley de Responsabilidad Fiscal que tuvieran pendientes adecuaciones necesarias para la inclusión de la totalidad de los organismos o fondos existentes que no consoliden en el Presupuesto General, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 3º de la citada ley, deberán presentar ante el CONSEJO FEDERAL DE RESPONSABILIDAD FISCAL, durante el ejercicio 2008, un cronograma de actividades que contemple la finalización de dicho proceso de inclusión.

Qué significa en la práctica

Obliga a las jurisdicciones adheridas al Régimen Federal de Responsabilidad Fiscal (Ley de Responsabilidad Fiscal) que tengan pendiente incluir la totalidad de sus organismos o fondos en el presupuesto, a presentar durante 2008 un cronograma para finalizar ese proceso ante el Consejo Federal de Responsabilidad Fiscal.

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