Ley 26.346

Artículo 1Derogación de un artículo del régimen del IVA

Texto oficial

Derógase el artículo incorporado sin número a continuación del artículo 24 de la Ley de Impuesto al Valor Agregado, texto ordenado en 1997 y sus modificaciones.

Qué significa en la práctica

Deroga el artículo que se había incorporado sin número a continuación del artículo 24 de la Ley de Impuesto al Valor Agregado (texto ordenado en 1997 y sus modificaciones). Como la ley solo dispone la derogación y no reproduce el texto derogado, a partir de su vigencia ese artículo deja de aplicarse.

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