Artículo 12Régimen laboral: Ley de Contrato de Trabajo
Texto oficial
Las relaciones
laborales de la ADMINISTRACION DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS
SOCIEDAD DEL ESTADO y de la sociedad OPERADORA FERROVIARIA SOCIEDAD DEL
ESTADO se regirán de acuerdo al régimen legal establecido por la Ley de Contrato de Trabajo (t.o. 1976) y sus modificatorias o la que en el futuro la
sustituya.
Qué significa en la práctica
Las relaciones laborales de ADIF y de la Operadora Ferroviaria se rigen por la Ley de Contrato de Trabajo de de Trabajo (texto ordenado 1976) y sus modificatorias, o la que en el futuro la sustituya. Es decir, su personal no es empleado público: pese a tratarse de sociedades del Estado, el vínculo es de derecho laboral privado, con convenios colectivos y estabilidad impropia.