Ley 26.355

Artículo 1Definición de Marca Colectiva

Texto oficial

MARCA COLECTIVA es todo signo que distingue los productos y/o servicios elaborados o prestados por las formas asociativas destinadas al desarrollo de la economía social.

Qué significa en la práctica

Define la Marca Colectiva como todo signo que distingue los productos o servicios elaborados o prestados por las formas asociativas destinadas al desarrollo de la economía social.

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