Sólo podrá solicitar y ser titular de la misma un solo agrupamiento constituido por productores y/o prestadores de servicios inscriptos en el REGISTRO NACIONAL DE EFECTORES DE DESARROLLO LOCAL Y ECONOMIA SOCIAL creado por el Decreto del Poder Ejecutivo nacional Nº 189/2004.
Qué significa en la práctica
Reserva la titularidad a un único agrupamiento de productores o prestadores de servicios inscriptos en el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social (creado por el Decreto 189/2004).