Ley 26.360

Artículo 15Invitación a provincias

Texto oficial

Invítase a las provincias y a los municipios a adherir al criterio promocional de la presente ley, eximiendo total o parcialmente las ventas de los bienes comprendidos por el presente régimen de los impuestos sobre los ingresos brutos y de sellos.

Qué significa en la práctica

Invita a las provincias y municipios a adherir eximiendo total o parcialmente de Ingresos Brutos y Sellos las ventas de los bienes comprendidos.

Normas relacionadas

← Ver en Ley de promoción de inversiones en bienes de capital completaLeyes