Ley 26.360

Artículo 14Normas supletorias

Texto oficial

En todo lo no previsto en esta ley serán de aplicación las disposiciones de la Ley de Procedimiento Tributario (t.o. 1998) y sus modificaciones; de la ley de impuesto al valor agregado (t.o. 1997) y sus modificaciones, y de la Ley de Impuesto a las Ganancias (t.o. 1998) y sus modificaciones.

Qué significa en la práctica

En lo no previsto se aplican la Ley de Procedimiento Tributario de procedimiento tributario y las leyes de IVA y de Impuesto a las Ganancias.

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