Ley 26.363

Artículo 39Reglamentación

Texto oficial

El Poder Ejecutivo nacional en el plazo de SESENTA (60) días a partir de la entrada en vigencia de la presente deberá proceder a su reglamentación.

Qué significa en la práctica

El Poder Ejecutivo debe reglamentar la ley dentro de los sesenta días de su entrada en vigencia.

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