Ley 26.364

Artículo 7Alojamiento de las víctimas

Texto oficial

Alojamiento de las víctimas. En ningún caso se alojará a las víctimas de la trata de personas en cárceles, establecimientos penitenciarios, policiales o destinados al alojamiento de personas detenidas, procesadas o condenadas.

Qué significa en la práctica

Prohíbe alojar a las víctimas en cárceles o establecimientos policiales o penitenciarios.

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