Ley 26.364

Artículo 8Privacidad y reserva de identidad

Texto oficial

y reserva de identidad. En ningún caso se dictarán normas que dispongan la inscripción de las víctimas de la trata de personas en un registro especial, o que les obligue a poseer un documento especial, o a cumplir algún requisito con fines de vigilancia o . Se protegerá la privacidad e identidad de las víctimas de la trata de personas. Las actuaciones judiciales serán confidenciales. Los funcionarios intervinientes deberán preservar la reserva de la identidad de aquéllas.

Qué significa en la práctica

Prohíbe inscribir a las víctimas en registros especiales u obligarlas a portar documentos especiales; protege su identidad.

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