Ley 26.413

Artículo 25Notas de referencia

Texto oficial

Toda modificación del contenido de las inscripciones deberá ser suscripta por el oficial público, y se registrará mediante nota de referencia, correlacionándola con sus antecedentes. Las comunicaciones pertinentes, deberán efectuarse a las direcciones generales, provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, donde se encuentre inscripto el asiento de origen dentro del plazo de VEINTE (20) días hábiles.

Qué significa en la práctica

Toda modificación de una inscripción la firma el oficial y se registra por nota de referencia, comunicándola a las direcciones donde esté el asiento de origen dentro de 20 días hábiles.

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