Ley 26.427

Artículo 10Obligaciones de la institución educativa

Texto oficial

Cada institución u organismo educativo debe conservar los originales de los convenios, llevar un registro de los acuerdos individuales de pasantías educativas, estructurar un legajo por cada pasante, asignar los docentes guías y supervisar el cumplimiento de los planes de pasantías, dando especial énfasis al cumplimiento de los aspectos formativos de las tareas de los pasantes. El desempeño de la función de docente guía será incompatible con cualquier cargo rentado en la empresa u organización donde se desarrolle la pasantía.

Qué significa en la práctica

La institución educativa debe conservar los convenios, llevar un registro de los acuerdos individuales, armar un legajo por pasante, asignar docentes guías y supervisar que se cumplan los planes, cuidando el aspecto formativo. El docente guía no puede tener, a la vez, un cargo rentado en la empresa donde se hace la pasantía.

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