Las empresas y organismos deben conservar los originales de los convenios y acuerdos que suscriban en los términos de la presente ley, por un plazo de CINCO (5) años posteriores a la finalización de su vigencia; llevar un registro interno de cada uno de ellos, y comunicarlos a los organismos de seguridad social y tributarios, conforme a lo establecido en el Art. 19 — Ley de Reforma Laboral de 1998, designar tutores para las pasantías educativas que tengan experiencia laboral específica y para planificar, implementar y evaluar propuestas formativas.
Qué significa en la práctica
La empresa u organismo debe conservar convenios y acuerdos por 5 años tras su vencimiento, llevar un registro interno, comunicarlos a los organismos de seguridad social y tributarios (Art. 19 — Ley de Reforma Laboral de 1998) y designar tutores con experiencia para planificar, implementar y evaluar la formación.