Ley 26.427

Artículo 2Qué es una pasantía educativa

Texto oficial

Se entiende como "pasantía educativa" al conjunto de actividades formativas que realicen los estudiantes en empresas y organismos públicos, o empresas privadas con personería jurídica, sustantivamente relacionado con la propuesta curricular de los estudios cursados en unidades educativas, que se reconoce como experiencia de alto valor pedagógico, sin carácter obligatorio.

Qué significa en la práctica

Define la pasantía educativa: el conjunto de actividades formativas que el estudiante realiza en una empresa u organismo, relacionadas con la carrera que cursa. Se la reconoce como experiencia de alto valor pedagógico y no es obligatoria: es una práctica de aprendizaje, no un trabajo.

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