Ley 26.427

Artículo 6Contenido mínimo del convenio

Texto oficial

En los convenios de pasantías educativas, deben constar como mínimo los siguientes requisitos: a) Denominación, domicilio y personería de las partes que lo suscriben; b) Objetivos pedagógicos de las pasantías educativas en relación con los estudios entre los cuales se convocará a los postulantes de las pasantías; c) Derechos y obligaciones de las entidades receptoras de los pasantes y de las instituciones u organismos educativos; d) Características y condiciones de realización de las actividades que integran las pasantías educativas y perfil de los pasantes; e) Cantidad y duración de las pasantías educativas propuestas; f) Régimen de asistencia y licencias por examen, enfermedad y accidente para los pasantes; g) Régimen de la propiedad intelectual de las creaciones e innovaciones que resulten de la actividad del pasante; h) Régimen de la cobertura médica de emergencias a cargo de la empresa u organización y entidad que atenderá los compromisos derivados de la Ley de Riesgos del Trabajo, de Riesgos del Trabajo; i) Planes de capacitación tutorial que resulten necesarios; j) Plazo de vigencia del convenio y condiciones de revisión, caducidad, o prórroga; k) Nómina de personas autorizadas por las partes firmantes a suscribir los acuerdos individuales de pasantías educativas.

Qué significa en la práctica

Lista lo que el convenio entre la institución educativa y la empresa debe contener como mínimo: datos y personería de las partes, objetivos pedagógicos, derechos y obligaciones, características de las actividades y perfil del pasante, cantidad y duración, régimen de asistencia y licencias, propiedad intelectual, cobertura médica y ART (Ley de Riesgos del Trabajo), capacitación de tutores, vigencia y personas autorizadas a firmar los acuerdos individuales.

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