Artículo 7Difusión de convocatorias e igualdad de oportunidades
Texto oficial
Las autoridades de las instituciones u organismos educativos informarán a la comunidad educativa sobre los convenios firmados con organismos públicos o empresas privadas, y comunicarán fehacientemente al alumnado, con antelación a cada convocatoria: los procedimientos, requisitos, vacantes, criterios de asignación y plazos para postular a las pasantías. Los estudiantes podrán acceder a copias de los convenios a simple solicitud.
Por vía reglamentaría se definirán los criterios sobre la asignación de postulantes a las pasantías, en función de pautas objetivas, que tendrán la adecuada difusión para preservar la igualdad de oportunidades de los postulantes.
Qué significa en la práctica
La institución educativa debe informar a la comunidad sobre los convenios firmados y comunicar a los alumnos, antes de cada convocatoria, los requisitos, vacantes, criterios de asignación y plazos. Los criterios de selección deben ser objetivos y difundidos, para preservar la igualdad de oportunidades. Los estudiantes pueden pedir copia de los convenios.