Ley 26.457

Artículo 28Exclusion de la produccion de Tierra del Fuego

Texto oficial

Estarán excluidos del presente régimen los bienes producidos en la provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur en el marco de la Ley 19.640 (Régimen Especial Fiscal y Aduanero de Tierra del Fuego).

Qué significa en la práctica

Quedan excluidos del regimen los bienes producidos en la provincia de Tierra del Fuego, Antartida e Islas del Atlantico Sur en el marco de la Ley 19.640 (Régimen Especial Fiscal y Aduanero de Tierra del Fuego) (que ya tiene su propio regimen promocional).

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