Ley 26.475

Artículo 2Extinción de los beneficios

Texto oficial

A los efectos de esta ley, decláranse extinguidos los beneficios obtenidos en reconocimiento de los cargos y/o funciones descriptos en el artículo anterior y que hayan sido otorgados al de regímenes o leyes especiales.

Qué significa en la práctica

Declara extinguidos los beneficios que esas personas hayan obtenido en reconocimiento de aquellos cargos o funciones, otorgados al de regímenes o leyes especiales. En concreto, se dan de baja las pensiones, jubilaciones o asignaciones de privilegio que se hubieran concedido por haber ocupado esos cargos durante la dictadura.

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