Ley 26.476

Artículo 18Beneficio por cada nuevo dependiente

Texto oficial

El empleador gozará de este beneficio por cada nuevo dependiente que regularice o incorpore a su planta de personal, siempre que no resulte alcanzado por lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de este capítulo.

Qué significa en la práctica

El empleador goza del beneficio por cada nuevo dependiente que regularice o incorpore a su planta, siempre que no quede alcanzado por las exclusiones de los arts. 19 y 20.

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