Ley 26.522

Artículo 125Duración del cargo

Texto oficial

Duración del cargo . El desempeño de cargos en el Consejo Consultivo Honorario de los Medios Públicos durará dos (2) años, pudiendo sus integrantes ser reelectos por sus respectivas entidades. Tal desempeño tendrá carácter honorario, no percibiendo alguna por la tarea desarrollada.

Qué significa en la práctica

Fija la duración de los cargos en el Consejo Consultivo Honorario.

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