Ley 26.522

Artículo 143Reglamentación y estatuto social

Texto oficial

Reglamentación y estatuto social. El Poder Ejecutivo nacional, en el término de sesenta (60) días a partir de la sanción de la presente ley, dictará la norma que reglamente la creación de Radio y Televisión Argentina Sociedad del Estado y su estatuto social a fin de que posibilite el cumplimiento de los objetivos y obligaciones determinados por la presente.

Qué significa en la práctica

El Poder Ejecutivo debe dictar la reglamentación y el estatuto social de RTA.

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