Ley 26.522

Artículo 155Habilitaciones

Texto oficial

Habilitaciones . La habilitación para actuar como locutor, operador y demás funciones técnicas que, a la fecha, requieren autorizaciones expresas de la , quedará sujeta a la obtención de título expedido por el Instituto Superior de Enseñanza Radiofónica (ISER), las instituciones de nivel universitario o terciario autorizadas a tal efecto por el Ministerio de Educación y su posterior registro ante la .

Qué significa en la práctica

Regula la habilitación para actuar como locutor, operador y demás funciones técnicas.

Normas relacionadas

← Ver en Ley de Medios completaLeyes