Capital social . Se aplicarán a las personas de existencia ideal las previsiones del Art. 2 — Ley de Preservación de Bienes y Patrimonios Culturales. Cuando el prestador del servicio fuera una sociedad comercial deberá tener un capital social de origen nacional, permitiéndose la participación de capital extranjero hasta un máximo del treinta por ciento (30%) del capital accionario y que otorgue derecho a voto hasta por el mismo porcentaje del treinta por ciento (30%) siempre que este porcentaje no signifique poseer directa o indirectamente el control de la voluntad societaria.
Qué significa en la práctica
Aplica a las personas jurídicas las previsiones sobre capital social.