Apertura de capital accionario. Las acciones de las sociedades titulares de servicios de comunicación audiovisual abiertos o por suscripción, podrán comercializarse en el mercado de valores en un total máximo del CUARENTA Y CINCO POR CIENTO (45%) del capital social con derecho a voto. (Artículo sustituido por art. 18 del Decreto N° 267/2015 B.O. 04/01/2016. Vigencia: a partir de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial)
Qué significa en la práctica
Regula la apertura del capital accionario de las sociedades titulares de servicios.