Ley 26.522

Artículo 55Fideicomisos y debentures

Texto oficial

Fideicomisos. Debentures . Debe requerirse autorización previa a la para la constitución de fideicomisos sobre las acciones de sociedades licenciatarias cuando ellas no se comercialicen en el mercado de valores y siempre que, mediante ellos, se concedieren a terceros derechos de participar en la formación de la voluntad social. (Segundo párrafo derogado por art. 22 del Decreto N° 267/2015 B.O. 04/01/2016. Vigencia: a partir de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial)

Qué significa en la práctica

Requiere autorización previa para constituir fideicomisos o emitir debentures sobre las licencias.

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