Ley 26.537

Artículo 4Montaje, exhibición y custodia por el Estado

Texto oficial

El Poder Ejecutivo nacional tendrá a su cargo el montaje y la exhibición del mural en un lugar público adecuado, su custodia, mantenimiento y traslado, de resultar necesario.

Qué significa en la práctica

Pone a cargo del Poder Ejecutivo nacional el montaje y la exhibición del mural en un lugar público adecuado, así como su custodia, mantenimiento y traslado si resultara necesario.

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