El Poder Ejecutivo
nacional establecerá, a solicitud del Ministerio de Planificación
Federal, Inversión Pública y Servicios un Programa de Inversiones
Prioritarias conformado por proyectos de infraestructura económica y
social que tengan por destino la construcción de bienes de
público y privado para el desarrollo del transporte, la generación y
provisión de energía, el desarrollo de la infraestructura educativa,
ambiental y la cobertura de viviendas sociales. Los proyectos y obras
incluidos en el Programa mencionado en el párrafo anterior se
considerarán un activo financiero y serán tratados presupuestariamente
como adelantos a proveedores y contratistas hasta su finalización.
Qué significa en la práctica
El Poder Ejecutivo establecerá, a pedido del Ministerio de Planificación Federal, un Programa de Inversiones Prioritarias de infraestructura económica y social (transporte, energía, educación, ambiente, vivienda), tratado presupuestariamente como activo financiero (adelantos a proveedores y contratistas).