Ley 26.546

Artículo 24Contribución de organismos al Tesoro

Texto oficial

Dispónese el ingreso como contribución al Tesoro nacional la suma de PESOS UN MIL SESENTA Y OCHO MILLONES SEISCIENTOS VEINTIOCHO MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y SEIS ($ 1.068.628.286), de acuerdo con la distribución indicada en la Planilla Anexa al presente artículo. El Jefe de Gabinete de Ministros establecerá el cronograma de pagos.

Qué significa en la práctica

Dispone el ingreso de $1.068.628.286 como contribución al Tesoro nacional según la planilla anexa; el Jefe de Gabinete fijará el cronograma de pagos.

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