Ley 26.546

Artículo 23Fondo de Bosques Nativos

Texto oficial

Establécese para el Ejercicio 2010 como asignación para la constitución inicial del Fondo Nacional para el Enriquecimiento y la Conservación de los , prevista en el Art. 31 — Ley de Bosques Nativos, un monto máximo de PESOS TRESCIENTOS MILLONES ($ 300.000.000).

Qué significa en la práctica

Fija en $300.000.000 el monto máximo para la constitución inicial del Fondo Nacional para el Enriquecimiento y la Conservación de los previsto en el Art. 31 — Ley de Bosques Nativos.

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