Ley 26.546

Artículo 85Reestructuración para la informatización del Poder Judicial

Texto oficial

Facúltase al Jefe de Gabinete de Ministros para que, en uso de las atribuciones conferidas por el Art. 37 — Administración Financiera y dentro de la partidas asignadas a la 05 - Poder Judicial de la Nación, efectúe las reestructuraciones presupuestarias a los efectos de asignar los créditos necesarios para continuar con el Plan de Informatización del Poder Judicial de la Nación y para llevar adelante tanto la adquisición de inmuebles que permitan efectuar el traslado de dependencias con problemas edilicios como la construcción de dos edificios, uno con destino a la Morgue Judicial y otro, para Archivo General y Salas de Audiencias.

Qué significa en la práctica

Faculta al Jefe de Gabinete a reestructurar el presupuesto del Poder Judicial para continuar su plan de informatización, adquirir inmuebles y construir edificios para la Morgue Judicial y el Archivo General y salas de audiencias.

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