Ley 26.547

Artículo 3Los holdouts no pueden recibir un trato mejor que el canje de 2005

Texto oficial

Los términos y condiciones financieros que se ofrezcan no podrán ser iguales ni mejores que los ofrecidos a los acreedores, en la reestructuración de deuda dispuesta por el Decreto Nº 1735/04.

Qué significa en la práctica

Fija un límite político y jurídico: las condiciones financieras que se ofrezcan en la nueva operación no pueden ser iguales ni mejores que las ofrecidas a los acreedores que sí aceptaron el canje de 2005 (Decreto 1735/2004). Con esto se buscó no premiar a quienes habían rechazado la primera reestructuración.

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