Ley 26.571

Artículo 107Disposición transitoria: adecuación de los partidos

Texto oficial

Los partidos políticos de distrito y nacionales con personería jurídicopolítica vigente, tendrán plazo hasta el 31 de diciembre de 2011 a los efectos de cumplir con lo dispuesto en los artículos 7º ter y 8º de la Ley Orgánica de Partidos Políticos, 23.298, según texto de la presente ley. A la fecha de entrada en vigencia de la presente ley, se extinguirá la acción y las actuaciones que se encuentren en trámite referentes al artículo 50, incisos a), b), c), e) y f) de la

Qué significa en la práctica

Dispone que los partidos vigentes tenían plazo hasta el 31 de diciembre de 2011 para cumplir los nuevos requisitos de afiliación y de partido nacional, extinguiendo las acciones de caducidad en trámite.

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