Texto oficial
Los partidos políticos de
distrito y nacionales con personería jurídicopolítica vigente, tendrán
plazo hasta el 31 de diciembre de 2011 a los efectos de cumplir con lo
dispuesto en los artículos 7º ter y 8º de la Ley Orgánica de Partidos
Políticos, 23.298, según texto de la presente ley.
A la fecha de entrada en vigencia de la presente
ley, se extinguirá la acción y las actuaciones que se encuentren en
trámite referentes al artículo 50, incisos a), b), c), e) y f) de la