Ley 26.571

Artículo 109Adecuación de las cartas orgánicas

Texto oficial

Las agrupaciones políticas deben adecuar sus cartas orgánicas y reglamentos a lo dispuesto en la presente ley dentro de los ciento ochenta (180) días de su vigencia, siendo a partir del vencimiento de ese plazo, nulas las disposiciones que se opongan a la presente.

Qué significa en la práctica

Obliga a las agrupaciones a adecuar sus cartas orgánicas y reglamentos a esta ley dentro de los 180 días, quedando nulas, vencido ese plazo, las disposiciones que se le opongan.

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