Ley 26.573

Artículo 40Comisión Organizadora transitoria

Texto oficial

Créase una Comisión Organizadora transitoria integrada por el Secretario de Deporte de la Nación y el Presidente del Comité Olímpico Argentino, quienes deben quedar automáticamente en funciones a los diez (10) días de la publicación de la presente ley en el Boletín Oficial.

Qué significa en la práctica

Crea una Comisión Organizadora transitoria para poner en funciones el ENARD.

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