Ejecutoriedad del acuerdo instrumentado en el acta de . El acuerdo instrumentado en acta suscripta por el mediador será ejecutable por el procedimiento de , de conformidad con lo dispuesto por el artículo 500 inciso 4) del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.
Qué significa en la práctica
El acuerdo instrumentado en el acta es ejecutable por el procedimiento de .