Ley 26.589

Artículo 29Información al Ministerio de Justicia

Texto oficial

Todos los procedimientos mediatorios, al concluir, deberán ser informados al Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos, a los fines de su registración y certificación de los instrumentos pertinentes.

Qué significa en la práctica

Todos los procedimientos, al concluir, deben informarse al Ministerio de Justicia.

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