Conclusión de la familiar. Si durante el proceso de familiar el mediador tornase conocimiento de circunstancias que impliquen un grave riesgo para la integridad física o psíquica de las partes involucradas o de su grupo familiar, dará por concluida la . En caso de encontrarse afectados intereses de menores o incapaces, el mediador lo pondrá en conocimiento del Ministerio Público de la Defensa a fin de que solicite las medidas pertinentes ante el juez competente.
Qué significa en la práctica
Regula la conclusión de la familiar y la actuación del mediador ante situaciones de riesgo.