Artículo 3Monumento Histórico Nacional a los faros centenarios
Texto oficial
Decláranse Monumento Histórico Nacional a los faros centenarios y el área circundante a los mismos, de acuerdo a la Ley de Monumentos Históricos y sus modificatorias.
Qué significa en la práctica
Declara Monumento Histórico Nacional a los faros centenarios y su área circundante, de acuerdo con la Ley de Monumentos Históricos y sus modificatorias. Es el máximo grado de protección patrimonial.