Ley 26.683

Artículo 8Funciones de la UIF y delitos precedentes (art. 6 Ley 25.246)

Texto oficial

Sustitúyese el Art. 6 — Ley de Lavado de Activos (crea la UIF) y sus modificatorias, por el siguiente: Artículo 6º: La Unidad de Información Financiera (UIF) será la encargada del análisis, el tratamiento y la transmisión de información a los efectos de prevenir e impedir: 1. El de lavado de activos (Art. 303 — Código Penal de la Nación Argentina), preferentemente proveniente de la comisión de: a) Delitos relacionados con el tráfico y comercialización ilícita de estupefacientes (Ley de Estupefacientes); b) Delitos de contrabando de armas y contrabando de estupefacientes (Código Aduanero); c) Delitos relacionados con las actividades de una asociación ilícita calificada en los términos del Art. 210 bis — Código Penal de la Nación Argentina o de una asociación ilícita terrorista en los términos del Art. 213 ter — Código Penal de la Nación Argentina; d) Delitos cometidos por asociaciones ilícitas (Art. 210 — Código Penal de la Nación Argentina) organizadas para cometer delitos por fines políticos o raciales; e) Delitos de fraude contra la administración pública (artículo 174, inciso 5, del Código Penal de la Nación Argentina); f) Delitos contra la Administración Pública previstos en los capítulos VI, VII, IX y IX bis del título XI del Libro Segundo del Código Penal de la Nación Argentina; g) Delitos de prostitución de menores y pornografía infantil, previstos en los artículos 125, 125 bis, 127 bis y 128 del Código Penal de la Nación Argentina; h) Delitos de financiación del terrorismo (Art. 213 quáter — Código Penal de la Nación Argentina); i) Extorsión (Art. 168 — Código Penal de la Nación Argentina); j) Delitos previstos en la Ley 24.769 (Régimen Penal Tributario — derogada); k) Trata de personas. 2. El de financiación del terrorismo (Art. 213 quáter — Código Penal de la Nación Argentina).

Qué significa en la práctica

Sustituye el Art. 6 — Ley de Lavado de Activos (crea la UIF). Define que la UIF se encarga del análisis, tratamiento y transmisión de información para prevenir e impedir el lavado de activos (Art. 303 — Código Penal de la Nación Argentina) y la financiación del terrorismo, y enumera los delitos precedentes que interesan especialmente: narcotráfico, contrabando de armas, asociaciones ilícitas y terroristas, fraude a la administración pública, delitos contra la administración pública, prostitución y pornografía infantil, extorsión, delitos tributarios y trata de personas.

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