Ley 26.702

Artículo 2Nuevos delitos ordinarios van a la Ciudad

Texto oficial

Asígnase al Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires la para investigar y juzgar los nuevos delitos de penal ordinaria, aplicables en su ámbito territorial, que se establezcan en lo sucesivo en toda ley de la Nación, salvo que expresamente se disponga lo contrario.

Qué significa en la práctica

Asigna a la Justicia de la Ciudad la para los nuevos delitos de penal ordinaria que se creen en el futuro por leyes nacionales aplicables en su ámbito, salvo que la ley respectiva diga expresamente lo contrario.

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